MARCA 2008MRC04SP04/09/201104:00Primera DivisionArtículo Quark (14996709)04/09/1102:49GENERALel fútbol, gran objetivo financiero15789.97648115.991167049.18762579.8800.0000.000Así fichan
los fondos
de inversión15789.97662898.944162726.991142999.9550.0000.000La inversión en el porcentaje de un futbolista puede ofrecer una rentabilidad muy superior a la obtenida en otras industrias15789.971143710.737167049.187161790.5980.0000.000Esteve
Calzada15888.818171891.67246347.408182782.0710.0000.000Este verano, en el mercado de traspasos del fútbol europeo, conceptos habituales como venta, cesión, cláusula de rescisión u opción de compra/recompra que figuran regularmente en los medios de comunicación en relación al movimiento de jugadores se han visto acompañados por otros menos habituales: fondo de inversión, derechos económicos, propiedad compartida o porcentaje de una venta futura.
En efecto, en un entorno generalizado de dificultades económicas, los diferentes actores de la industria del fútbol se mueven en busca de conseguir sus respectivos objetivos. Así, los clubes intentan disponer de los jugadores que quieren en sus plantillas al menor coste posible. Los agentes se mueven a la caza de ingresos para sus jugadores más allá del salario propiamente dicho -por los que también percibirán su correspondiente comisión-. Y los inversores financieros irrumpen con más fuerza que nunca en el fútbol en busca de rentabilidades para su dinero superiores a las que obtienen en otras industrias.
El negocio de los derechos económicos
Si bien el concepto no es ni mucho menos nuevo en Europa, ha sido este verano cuando, más que nunca, han salido a la luz pública fichajes financiados total o parcialmente por inversores distintos a los clubes donde jugarán los futbolistas.
En contraprestación, dichos inversores han obtenido un porcentaje de los derechos económicos del jugador que luego podrán poner en valor en futuros traspasos. Obviamente, el inversor persigue obtener una rentabilidad sobre el capital invertido. Así, el negocio -muy habitual en Sudamérica y especialmente en Brasil- se producirá cada vez que tengan lugar traspasos del futbolista, cuyo importe se repartirá entre los propietarios de los derechos económicos en función del porcentaje que corresponda a cada uno.
Veámoslo en un sencillo ejemplo en que el club de destino no hace ninguna aportación económica por el traspaso y se responsabiliza únicamente del salario.
Un jugador es fichado con un contrato de 4 años por el Club A por 2 millones, de los cuales 1,5 (75% de los derechos) han sido aportados por el Inversor X y 0,5 (25%) por el Inversor Y.
Supongamos que al cabo de 2 años el jugador es vendido a otro club por 5 millones, produciéndose por tanto una revalorización de 3 millones. En este caso, el Inversor X habrá obtenido un beneficio de 2,25 millones (75% del total) y el Inversor Y, un beneficio de 0,75 millones (25%).
Para que puedan generarse beneficios con los derechos económicos es imprescindible que el jugador tenga contrato en vigor con un club. Si el jugador está libre o en el último año de su contrato, sus derechos económicos no tendrán ningún valor, al desaparecer la necesidad de que un club pague un traspaso.
Surge aquí una de las claves de la gestión de derechos económicos: la imperiosa necesidad de los inversores de que el jugador tenga siempre un contrato laboral firmado con tiempo por delante y de que no quede libre en ningún momento.
También será necesario que se intuya en el jugador -y aquí intervienen criterios técnicos y de mercado- un potencial de revalorización que permita a los inversores optar a rentabilidades futuras. O sea, que el jugador pueda venderse más adelante por un importe superior al que se pagó por él.
Escenarios de aplicación
Analicemos a continuación cómo llegamos a los diferentes escenarios en los que intervendrán los inversores y se podrá, por tanto, generar un beneficio con los derechos económicos. El hipotético proceso arranca con un jugador que está libre -bien por enciontrarse justo en el inicio de su carrera profesional o bien por haber agotado su contrato laboral anterior- o a punto de finalizar su contrato con un club.
En circunstancias normales, el jugador firmaría un nuevo contrato -con su club actual o con uno nuevo-, dando paso más adelante a tres posibles escenarios: 1) Agotar el contrato y quedar de nuevo libre. 2) Ser traspasado a otro club, con el club vendedor como único beneficiario. 3) Un traspaso a otro club pagado por inversores financieros, que obtendrán su rentabilidad en el momento en que se produzca el siguiente traspaso (como hemos visto en el ejemplo anterior).
Esta tercera vía se utiliza habitualmente cuando los equipos no pueden hacer frente a los traspasos, y recientemente ha servido de mecanismo para esquivar las restricciones que supone la situación de concurso de acreedores.
Sin embargo, si se trata de un jugador con potencial de revalorización, es muy probable que aparezcan inversores interesados en pagar dinero al jugador para obtener sus derechos económicos antes de que firme un contrato con un club. Así optan a obtener un beneficio en traspasos posteriores.
Para lograr la complicidad total del jugador -y disuadirle de que firme contrato directamente con un club- es habitual que los inversores le ofrezcan también un porcentaje de los derechos. Así, en el punto de partida lo normal es que el 80%-90% de los derechos corresponda a los inversores y el 10%-20% al jugador.
Esta circunstancia se produce habitualmente en Sudamérica en el inicio de la carrera profesional de los jugadores -aproximadamente a los 16 años-, a raíz de las dificultades económicas que atraviesan la mayoría de familias.
El siguiente paso será que el jugador firme contrato laboral con un club puente o club amigo. Recordemos que para poder cobrar un traspaso es imprescindible la existencia de un contrato en vigor con un club. Así, el club puente, controlado por los inversores o bien contratado para la labor, tiene la única finalidad de justificar dicho cobro. De hecho, en la mayoría de los casos el jugador no llega a disputar ni un minuto con el club puente.
Es importante subrayar que no siempre está presente la figura del club puente, ya que muchos clubes compradores no aceptan su participación en las operaciones. En tal circunstancia, el futbolista firmará directamente contrato laboral con el club en el que va a jugar -y que acepta compartir los derechos económicos a cambio de no pagar las cada vez más obsoletas primas de fichaje-, y las revalorizaciones a favor de los inversores se producirán en traspasos futuros.
También observaremos una disminución paulatina del porcentaje de los derechos de los inversores en favor de los clubes en los que irá jugando el futbolista, como observaremos más adelante. En el gráfico de arriba vemos reflejado todo el proceso que acabamos de describir.
Principales actores durante el proceso
1Jugador. El principal protagonista, aunque a menudo con mínimo control sobre su destino. Para poder iniciar todo el proceso -excepto en el caso de jugadores que firman su primer contrato-, los inversores le pedirán que quede libre. Por tanto, deberá ser capaz de aguantar la presión de su club, que intentará renovarle el contrato por todos los medios. A menudo, incluso dejándole sin jugar. El futbolista obtiene a cambio una contraprestación económica y un porcentaje de los derechos.
2Inversores. Invierten dinero para lograr derechos económicos, con el objetivo de obtener beneficios con los futuros traspasos del jugador. Pueden ser varios en cada jugador. A menudo se constituyen fondos de inversión con dinero de varios socios, con la idea de invertir en los derechos de más de un jugador. También es habitual que los agentes de los jugadores o las grandes agencias de representación inviertan en derechos económicos de los futbolistas a los que representan, ya que la FIFA limita la duración de los contratos de representación a 2 años. De este modo, se pretende alargar en el tiempo la situación de control sobre el jugador.
3Clubes 'puente'. Utilizados por los inversores para generar un contrato laboral previo del jugador que permita justificar el importe de un traspaso, evitando así que el jugador pueda quedar libre. A veces son propiedad de los mismos inversores. Obtienen una contraprestación económica y también un pequeño porcentaje del beneficio del primer traspaso. No siempre están presentes en este tipo de operaciones.
4Club de destino. Club interesado en contar con los servicios del futbolista. Aporta directamente el traspaso o utiliza inversores externos -o una combinación de las 2 opciones-. Contribuye a la promoción del futbolista para futuros traspasos, lo que le garantiza un porcentaje de los derechos aunque no haya realizado ninguna aportación financiera en la compra del jugador. Le corresponde el pago del salario.
5Agente del jugador. Representa los intereses del futbolista durante todo el proceso. Obtiene una parte de lo que corresponde al futbolista aunque no haya invertido económicamente.
Los porcentajes correspondientes a cada uno de los actores dependerán de diversos factores y de la fase de la carrera profesional del deportista en la que nos encontremos. La tendencia habitual es que el porcentaje en manos de inversores se vaya diluyendo a medida que aumenta la categoría de los clubes de destino, como observamos en el gráfico 2.
A modo de ejemplo, podemos referirnos al reparto de los derechos económicos de Neymar, que ha ido evolucionando hasta llegar al 60% que posee actualmente el Santos y el 40% correspondiente al grupo Sonda.
El importante negocio que el astro brasileño habrá generado con los derechos económicos finalizará con el más que probable traspaso al Real Madrid, ya que éste se quedará casi con seguridad con el 100% de los derechos tras realizar una inversión en torno a los 40 millones de euros.
La comercialización de derechos económicos ha dado ya grandes alegrías a muchos inversores en forma de importantes beneficios por los traspasos de los jugadores por los que decidieron apostar. Pero es importante recalcar que no se trata de una inversión sencilla ni exenta de riesgo.
Así, el negocio de los derechos económicos se encuentra expuesto a incertidumbres que obligan a considerarlo una inversión arriesgada. Entre ellas podemos destacar las siguientes:
A.Reto de acertar con los jugadores cuyos derechos serán destino de la inversión, de modo que evolucionen deportivamente de la forma esperada.
B.Dificultad de coordinar la estrategia de venta de un jugador ante la existencia de varios inversores con distintas necesidades y estrategias.
C.Inseguridad jurídica a la hora de recuperar o revalorizar el capital invertido.
D.Evolución regulatoria de los estamentos del fútbol que podría conllevar la prohibición total de la comercialización de derechos, como ya ha ocurrido en la Premier inglesa.
E.Vigencia de la normativa FIFA que establece derechos de formación y un mecanismo de solidaridad a favor de los clubes donde han crecido los futbolistas traspasados.
En cualquier caso, podemos aventurarnos a afirmar que de ahora en adelante difícilmente los clubes podrán acceder a jugadores cotizados o con potencial de revalorización que estén libres. O sucumbirán a la presión -incluso mobbing- de sus clubes para renovar su contrato previo a su venta o decidirán participar en el floreciente negocio de los derechos económicos. Las primas de fichaje pronto serán historia.
Esteve Calzada es Consejero Delegado de Prime Time Sport y agente FIFA de jugadores.
Blog: estevecalzada.com354210.387127803.477401748.797331832.2220.0000.000302349.987127803.477349888.397332238.7380.0000.000223231.58848115.991270769.998292950.4160.0000.000171371.17748115.991218909.587232491.2950.0000.000119510.777163774.989167049.187230968.2390.0000.00067650.387163774.989115188.797267185.4520.0000.00015789.976185663.58163328.386268000.0280.0000.000406070.78248115.985453609.192373459.9830.0000.000el experto17742.269165066.87954045.990169855.9700.0000.00032112333.JPG44799.553163070.42463328.386182786.6140.0000.000